Regulación para entrar con animales de compañía a la Unión Europea

Regulación para entrar con animales de compañía a la Unión Europea
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HOY SE HABLA DE

El paso de animales de compañía por las fronteras de casi todos los países del mundo debe ajustarse a normas muy estrictas que buscan preservar la salud de sus habitantes. Conozcamos un poco la regulación para entrar con animales de compañía a la Unión Europea.

Ayer hablábamos de la importancia de ajustarse a lo permitido cuando intentamos entrar alimentos a los países miembros de la Unión Europea. Hoy veremos que el transporte de nuestras mascotas, también tiene normas muy definidas a tener en cuenta.

Los animales de compañía se separan en 3 categorías a los efectos de la normativa:

  • Perros, gatos y hurones
  • Aves
  • Resto de especies

Perros, gatos y hurones

En cualquiera de estos casos nuestras mascotas deben viajar acompañados de certificado veterinario o pasaporte según especie. Podremos viajar hasta con 5 ejemplares sin que se considere una partida comercial, pero atención que si lo hacemos con un primate, ésto se reduce a uno solo.

Está prohibida la entrada a la Unión Europea de perros, gatos y hurones menores de tres meses y por tanto no vacunados de rabia.

Mascotas procedentes de: listado A

Estas mascotas, que procedan de otros países de la Unión Europea, de Andorra, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Suiza o el Vaticano (¿el gato del Papa?), deben contar con su Pasaporte Europeo o Certificado veterinario, identificación mediante microchip o tatuaje y vacunación contra la rabia en vigor.

En igual situación se encuentran las mascotas que lleguen procedentes de otros países, específicamente hablando sobre la vacunación antirrábica. Aquí pueden ver el listado de estos países.

Mascotas procedentes de: listado B

Si el país de procedencia desde el cual viaja el animal de compañía no figura en el detalle anterior, debe incluirse en la documentación de viaje:

El Certificado Veterinario o Pasaporte europeo (si es reintroducción), la identificación mediante microchip, la vacunación contra la rabia en vigor y una valoración de anticuerpos contra la rabia.

Aves de compañía

Aves

Dentro de los animales de compañía no se consideran nunca las aves de corral y deben seguir siempre algunas de estas condiciones, además de contar con un certificado veterinario y de una declaración del propietario:

  • Periodo de aislamiento de 30 días antes de su viaje o
  • Tras la introducción, cuarentena de 30 días en instalación autorizada o
  • Vacunación y revacunadas con vacuna H5 (en los últimos 6 meses y al menos 60 días antes de su desplazamiento) o haber permanecido aisladas 10 días antes de su exportación

Otros animales de compañía

Llegado el caso que quieras viajar con ti pitón, o tu monito o el armadillo que tienes de mascota, debes consultar correctamente las condiciones para poder hacerlo.

En principio necesitarás la misma documentación básica: un certificado veterinario expedido con hasta 10 días de anticipación al viaje. Pero atención, tanto el viaje con primates como reptiles requieren documentación específica.

En todos los casos, puedes buscar más información en la página del Ministerio de Medio Ambiente español.

Entrada de animales de compañía a España, procedentes de terceros países (PDF)

Entrada de animales de compañía a España, procedentes de países miembros de la Unión Europea (PDF)

Recomendamos además leer atentamente la norma europea que sirve de marco para estos casos después de la aparición de la epidemia de Gripe Aviar: Decisión CE 25/2007 (PDF)

La norma que regula la entrada de animales de compañía a la Unión Europea es la EC998/2003 y puedes consultarla y descargártela desde este enlace (PDF)

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